Ministerio de la Defensa Pública
Oliva entre 14 de Mayo y Alberdi – Edif. Safira
Correo: prensa@mdp.gov.py
El defensor público de la Niñez Abg. Roberto Santacruz, gracias a su expeditiva intervención, consiguió una orden judicial para que un recién nacido en el Chaco, de solo 13 horas de vida y perteneciente a una comunidad indígena, sea internado en terapia intensiva en un sanatorio de la capital, para así proteger su salud y su misma existencia. El juzgado también ordenó que se le provea al menor los medicamentos necesarios.
El defensor público argumentó en su escrito de pedido de medida cautelar de urgencia que el Hospital Materno Infantil de Villa Choferes del Chaco, Boquerón, no contaba con sala de Terapia Pediátrica Neonatal por lo que solicitó su traslado inmediato al Sanatorio San Sebastián, de la ciudad de Asunción.
El representante del Ministerio de la Defensa Pública (MDP) relató ante el juzgado que el niño fue primeramente asistido en el Hospital Indígena Yalve Sanga de la ciudad de Loma Plata, por el médico Dr. Agostinho Quipinga, diagnosticando “RNPT/AEG, Salam + Hipertensión pulmonar a descartar” (que es una afección grave en la que las arterias pulmonares del bebé se estrechan después del nacimiento, limitando el flujo sanguíneo a los pulmones y la oxigenación), por cuyo motivo se derivó al menor al Hospital Materno Infantil de Villa Choferes del Chaco. Sin embargo, ambos nosocomios no contaban con el equipamiento requerido para esta atención médica.
Niños, amparados por la Constitución y leyes
El defensor público Santacruz para solicitar la medida de urgencia expuso lo que ordena la Constitución Nacional en su artículo 68, Capítulo VI – referente al Derecho a la Salud que textualmente dice: “El Estado protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y en interés de la comunidad. Nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas, y de socorro en los casos de catástrofes y de accidentes”.
El defensor también resaltó el Art.3 del Código de la Niñez y la Adolescencia que determina: “Toda medida que se adopte respecto del niño o adolescente, estará fundada en el interés superior. Este principio estará dirigido a asegurar el desarrollo integral del niño o adolescente; así como el disfrute pleno de sus derechos y garantías”.
El defensor Santacruz asimismo hizo mención a los artículos 13 y 15 del Código de la Niñez y Adolescencia que disponen sobre el derecho a la atención médica, de su salud física y mental, el acceso en condiciones de igualdad a las demás personas, así como el servicio gratuito de estos beneficios por parte del Estado, entre otros artículos y leyes que protegen a los menores de edad.
Jueza ordenó internación y advirtió de desacato
El juzgado de la Niñez y la Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Boquerón, con asiento en la ciudad de Filadelfia, a cargo de la jueza Rossana María Ortíz Silva, al constatar el grave estado de salud del recién nacido, acorde al diagnóstico médico, ordenó como medida cautelar de urgencia la internación en terapia intensiva y la provisión de medicamentos necesarios que requiera esta atención en el Sanatorio San Sebastián, de Asunción.
La medida de urgencia fue decretada bajo apercibimiento, de que en caso de incumplimiento de la orden se aplicará lo dispuesto en la Ley N° 4711/12.
(Desacato a una orden judicial), según el Auto Interlocutorio (AI) N° 99 del 14 de julio de 2025, dictado en Filadelfia, Chaco.
El Ministerio de Salud Pública, así como el Sanatorio San Sebastián, fueron notificados de la disposición judicial.
Defensor Público de Filadelfia, Edgar Roberto Santacruz Bareiro
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