Dirección de Mediación

La mediación es un sistema de resolución de conflictos que busca evitar la confrontación directa de las partes en un juicio, es una herramienta esencial para resolver los conflictos entre dos o más personas con la ayuda de un tercero imparcial, el mediador, que regula el proceso de comunicación para promover la búsqueda de una posible solución que satisfaga las necesidades de ambas partes en conflicto.

La mediación permite ahorrar el costo, el tiempo, y mejora la calidad de  justicia. Es decir que en la mediación se disminuye la judicialización de los casos, y eso permite rescatar la armonía en las comunidades y se fortalece la cultura de la paz.

La Ley Nro. 1879/02 de Arbitraje y Mediación en su Art. 53 define la  “MEDIACIÓN COMO EL MECANISMO VOLUNTARIO ORIENTADO A LA RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, A TRAVÉS DEL CUAL DOS O MÁS PERSONAS GESTIONAN POR SÍ MISMAS LA SOLUCIÓN AMISTOSA DE SUS DIFERENCIAS CON LA ASISTENCIA DE UN TERCERO NEUTRAL Y CALIFICADO DENOMINADO MEDIADOR”.

La Ley 4423/11 “ORGÁNICA DEL MINISTERIO DE LA DEFENSA PÚBLICA” establece en su artículo 9°.- Funciones Principales. La Defensa Pública tendrá las siguientes funciones principales: Númeral 5) Procurar la conciliación y aplicación de medios alternativos para la solu­ción de conflictos en los casos y materias que correspondan y en su Art. 14°.- establece: Son atribuciones del Defensor General: Numeral 12) Promover la utilización de centros de mediación, conciliación, arbitraje y negociación de acceso voluntario.