La defensora pública Abg. Rocío Lucero obtuvo de parte de un juzgado penal la internación y tratamiento de su asistido en el Centro de Prevención de Adicciones, ante el grave estado de salud de esta persona, quien fue imputada por un caso de violencia. Un problema social que debe ser abordado con tratamiento médico y acompañamiento familiar y no solamente apuntar hacia un objetivo punitivo.
Pedido de declaración de toxicomanía para preservar su salud
La defensora pública Rocío Lucero solicitó al juzgado penal la declaración de toxicomanía de su cliente R. C. L. C. y que sea traslado de la Penitenciaría de Misiones a la Penitenciaría Emboscada Antigua para que reciba tratamiento en el Centro Nacional de Control y Prevención de Adicciones.
La abogada del Ministerio de la Defensa Pública (MDP) señaló en su solicitud de internación que su defendido tiene un problema de adicción desde hace varios años, que afecta a su salud, que igualmente repercute sobre los demás miembros de su familia y que lastimosamente desembocaron en la apertura de una causa penal por violencia intrafamiliar.
Anteriormente, el imputado ya había sido internado en el Centro de Adicciones, pero no pudo completar su tratamiento. Recibió un diagnóstico presuntivo de trastorno mental y del comportamiento debido al uso de cocaína.
El tratamiento interrumpido generó una serie de inconvenientes conductuales y de salud en esta persona, lo que sumado a la condición de reclusión actual en un centro penitenciario sin la debida provisión de asistencia de especialistas en el área médica (psiquiatras y psicólogos especializados en terapia de rehabilitación) claramente denota que no está recibiendo la asistencia médica necesaria, refiere la funcionaria del MDP.
Agregó que la situación de grave adicción a sustancias prohibidas también quedó testimoniada en el acta de imputación. De igual manera, este extremo también es verificable en las documentales y testimoniales obrantes en el expediente y carpeta de investigación fiscal.
La defensora pública propuso como médico dictaminante por parte de la Defensoría Pública al Dr. Ramón Elías Alvarenga Cantero.
Magistrado ordenó internación
Fue así que el juez penal de Garantías N°3 de San Lorenzo, Abg. Juan Francisco Recalde Galván, ordenó la internación de R. C. L. C. en el Centro Nacional de Adicciones, debiendo ser trasladado bajo segura custodia hasta dicho nosocomio que igualmente deberá informar del alta.
La normativa vigente que ampara el tratamiento
El Art. 28 de la Ley 1340/88 Que reprime el tráfico de estupefacientes y drogas peligrosas dispone cuanto sigue: “El Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial o el Juez en lo Tutelar del Menor, en su caso, que tuviere conocimiento de cualquier modo y por cualquier medio de la existencia de un farmacodependiente que no reciba asistencia médica, dispondrá la internación del mismo en un centro asistencial para su tratamiento médico y recuperación social”, dice textualmente una parte de este artículo.
Defensora Pública del Fuero Penal, Rocio Soledad Lucero
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