La causa contra Sergio se originó a partir de un hecho que, según la acusación, ocurrió el 14 de enero de 2025, alrededor de las 18:30 horas, en una vivienda del barrio Fátima de la ciudad de Concepción. La denuncia hablaba de una discusión de pareja que habría derivado en agresiones físicas y amenazas. Sin embargo, al llegar al juicio, lo que parecía un caso contundente empezó a mostrar fisuras. Ahí tomó protagonismo la intervención de la defensora pública Adriana María Riquelme.
Desde el inicio, la defensa se centró en un punto clave: la falta de pruebas concretas. La acusación se sostenía principalmente en la denuncia inicial y en declaraciones de intervinientes que no presenciaron los hechos. Ninguno de los testigos pudo describir con precisión lo ocurrido. No hubo detalles sobre lesiones, ni confirmación de agresiones físicas, ni elementos objetivos que respaldaran el relato.
Durante el juicio, la defensora Riquelme fue ordenando cada elemento del caso y dejando en evidencia las ausencias:
La víctima no se presentó a declarar, no hubo certificado médico, tampoco evaluación psicológica que acreditara daño, ni testigos directos de los hechos.
Los propios intervinientes policiales se limitaron a relatar el procedimiento de aprehensión y el estado de nerviosismo de la denunciante. Pero el miedo, por sí solo, no alcanza para probar un hecho punible.
Además, se resaltó que el acusado colaboró en todo momento con las autoridades y no opuso resistencia.
La construcción de la duda razonable
La estrategia de la defensa fue clara: demostrar que la acusación no logró superar el estándar necesario para una condena.
La defensora pública insistió en que la carga de la prueba corresponde al Ministerio Público, y que la denuncia, por sí sola, no basta si no está respaldada por evidencia producida en juicio.
Frente a un escenario sin pruebas materiales ni testimonios directos, la defensa sostuvo que el estado de inocencia de su representado seguía intacto.
El Tribunal de Sentencia de Concepción, mediante la Sentencia Definitiva N.º 06 de fecha 12 de febrero de 2026, concluyó que no se probó la existencia del hecho punible.
La resolución fue clara: absolver de reproche y pena a Sergio, dejando constancia de que la causa no afecta su buen nombre ni su honor.
La actuación de la defensora pública Adriana Riquelme fue determinante para el resultado del juicio. Su intervención puso el foco donde correspondía: en la evidencia —o en su ausencia— y en la necesidad de garantizar un proceso basado en pruebas y no en suposiciones.
Defensora Pública de Concepción, Adriana Maria Riquelme Corrales
Contacto: 0974 628435