La Defensora Pública Especializada en Violencia contra la Mujer de la Capital, Dra. María Antonella Saint Paul, asistió a una mujer víctima de violencia y presentó querella adhesiva, quien denunció que sufrió reiteradas amenazas de feminicidio, intimidaciones, control de comportamiento y hostigamientos. El tribunal condenó al presunto agresor a 10 años de pena privativa de libertad, más otros 2 años como medidas de seguridad.
Se probó la violencia psicológica y además se impuso medidas de seguridad
En consecuencia, el 1 de julio de 2026, el Tribunal de Sentencia resolvió por unanimidad hacer lugar íntegramente a la pretensión punitiva solicitada por el Ministerio Público y la querella adhesiva y condenó al acusado a 10 años de pena privativa de libertad, además de imponerle 2 años de medidas de seguridad, por hallarlo culpable de la comisión del hecho punible de violencia familiar (variante de violencia psicológica), en su modalidad agravada. Se trata de la pena más alta impuesta en la República del Paraguay por este tipo de hechos según mencionó el Ministerio Público en su página oficial.
Durante el juicio oral y público, la defensora pública Saint Paul produjo pruebas testimoniales, documentales, pericial de extracción de datos del teléfono celular de la víctima y evidencia digital que permitieron acreditar los hechos acusados por el Ministerio Público.
La violencia se registró mediante llamadas telefónicas, mensajes, audios y videos enviados durante un período de un año y diez meses a través de 24 números telefónicos en 76 fechas diferentes, mientras su expareja se encontraba recluido en distintos establecimientos penitenciarios del país.
Asimismo, se evidenció en el juicio oral que el procesado registraba antecedentes penales por hechos de violencia familiar contra la misma víctima, quien es su expareja y madre de sus tres hijos menores de edad. En el año 2023 fue condenado a tres años de pena privativa de libertad por hechos similares y otra condena de 2 años y seis meses por violencia familiar dictada en el año 2018.
De igual manera, se destacó en la audiencia pública que tenía 10 denuncias realizadas por la madre de sus hijos por hechos punibles como desacato, producción de documentos no auténticos, coacción, entre otros. El Tribunal de Sentencia, integrado por la jueza Olga Ruíz, en carácter de presidenta, y los jueces Mario García y Celia Salinas, como miembros titulares, valoró de manera conjunta la totalidad de las pruebas incorporadas al juicio, con especial énfasis en la evidencia digital, los informes técnicos, las declaraciones testificales y la prueba documental.
Compromiso y responsabilidad social
çEste precedente es solo una muestra que reafirma el rol y compromiso del Ministerio de la Defensa Pública (MDP) con la asistencia y acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, conforme con lo dispuesto en el art. 38 de la Ley Nº 5.777/16 «De protección integral a las mujeres contra toda forma de violencia», y las obligaciones asumidas por el Estado paraguayo en el marco de las Convenciones internacionales que rigen la materia.
La memoria histórica desde la época colonial da cuenta del importante papel que ya entonces le cupo al Dr. Francia (antes de ejercer la presidencia) en su profesión de abogado, que ya defendió a los más desamparados del país y de alguna manera institucionalizó la Defensa Pública que en la actualidad está descripta en la Ley Nº 4423/2011, que es la norma que organiza y rige al Ministerio de la Defensa Pública (MDP) de Paraguay. Esta institución es parte del Poder Judicial y ofrece defensa legal gratuita a las personas que no tienen recursos económicos.
Justamente, el MDP en octubre próximo cumple 15 años de la entrada en vigencia de su Ley Orgánica que le concede autonomía funcional y autarquía financiera, que a su vez la institución toma de manera responsable este compromiso ante el importante impacto social que generan sus servicios en los usuarios.
Defensora Pública Especializada en la Ley 5777. María Antonella Saint Paul Ramirez
Contacto: 0976 781 917