Defensor Público logra salida alternativa de dos indígenas a través de la aplicación de derechos consuetudinarios

El Defensor Público Abg. Amado José Alvarenga Araujo obtuvo para dos nativos salidas alternativas gracias al procedimiento especial para hechos punibles cometidos por miembros de comunidades indígenas. El defensor logró que ambos fueran juzgados según el derecho consuetudinario (Aty guasú).

Los hechos indican que un adolescente indígena (17 años de edad) y una mujer indígena adulta obtuvieron salidas alternativas favorables mediante la aplicación del Procedimiento Especial para Menores “adolescentes en conflicto con la ley penal” en el marco del derecho penal juvenil y Procedimiento Especial para Hechos Punibles Relacionados con Pueblos Indígenas, siendo juzgados conforme al derecho consuetudinario vigente, respetando la legislación nacional e internacional sobre la materia. 

Mediante la intervención del defensor público Alvarenga Araujo se logró la homologación de una solución acordada libremente por las partes afectadas a la causa, conforme a la audiencia de Aty guasú llevada a cabo en virtud a las disposiciones constitucionales, convencionales y legales vigentes. 

La comunidad indígena a la que pertenecen ambos nativos se denomina Ñe’e Katuamba, ubicada en la jurisdicción de Bella Vista Norte, Departamento de Amambay y a los dos se les impuso reglas de conducta por el plazo de 1 año que deben cumplir indefectiblemente. 

El Ministerio de la Defensa Pública (MDP) tomó intervención para la audiencia preliminar (Aty guasú) ante la designación de oficio del Juzgado Penal de Garantías de Yby Yau, Concepción, luego del cese de actuaciones del abogado particular. 

También tomaron intervención el perito para cuestiones indígenas Lic. Omar Valenzuela, la lideresa de la comunidad indígena Nilsa González Ramírez, la Oficina Técnico Forense del Poder Judicial por medio de la psicóloga forense y trabajadora social Lic. Edith Vanesa Carvalho Gauto, la Lic. Sara Angélica Lesme Torres (trabajadora social) y el Equipo Técnico Criminológico del Centro Educativo Concepción.

Procedimiento especial previsto en las normas

El defensor público Alvarenga obtuvo la participación de la comunidad indígena para la aplicación del procedimiento especial previsto para Indígenas y adolescentes, a fin de evitar la alienación cultural y aplicar el derecho consuetudinario; así como los procedimientos y principios del derecho penal juvenil para adolescentes en conflicto con la ley penal.

Referencias

Estos derechos están consagrados en la Constitución Nacional, Capítulo V, Arts. 62 al 67 referente De los Pueblos Indígenas; la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), Ley N°1/89; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y su Protocolo Facultativo, Ley N° 5/92; la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño, Ley N° 57/90; la Convención Americana y Declaración Americana sobre los Derechos del Niño; las Reglas Mínimas de las Naciones Unidas para la Administración de Justicia de Menores (Reglas de Beijing); Reglas Mínimas de las Naciones Unidas sobre Medidas No Privativas de Libertad (Reglas de Tokio), entre otras varias normativas ratificadas por nuestro país para la aplicación de los pueblos originarios.

 

Defensor Público de Concepción, Amado José Alvarenga Araujo.

Contacto: 0974 627 034



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