Intervención de la Defensa Pública consigue absolución de su asistido

La defensa pública consiguió la absolución y el levantamiento de medidas cautelares que pesaban en contra de su asistido en una causa caratulada como J.G.Z sobre apropiación. La Defensora Pública, Fátima Ramona Paniagua, pudo demostrar en sus alegatos las pruebas sobre el caso, las inconsistencias y fallas en el proceso, lo que derivó finalmente a que el Tribunal resolviera positivamente a favor de su asistido.

J.G.Z es un ciudadano venezolano, tiene 49 años y se halla radicado en una ciudad distante a 30 km de Asunción, trabaja como conductor de “plataformas”, y su problema comenzó a raíz de un acuerdo con el abogado y comerciante D.L, por la entrega de un vehículo, el cual era utilizado para prestar servicios.

La Fiscalía argumentaba que el automóvil fue cedido en alquiler para trabajar y que J.G.Z se negaba a devolverlo, por lo que se lo acusaba de apropiación, pero la realidad de los hechos apuntaba a algo distinto. La fiscalía solicitó 6 años de prisión, señalando supuestos engaños y la incautación del móvil.

En contrario a la acusación, la Defensora Pública, como garante de los derechos humanos y del debido proceso, demostró punto por punto, a través de un riguroso análisis probatorio, la prueba de un acuerdo comercial –compraventa y no alquiler-, 9 pagarés cancelados sumando Gs. 31.500.000 y documentos como la habilitación municipal del vehículo a su nombre además de la póliza de seguro.

Presentó ante el Tribunal las inconsistencias del denunciante, quien se contradijo en una desgrabación, además, la Defensora Pública advirtió que la Fiscalía basaba parte de sus alegatos en un acta de procedimiento de incautación que nunca fue incorporada formalmente como prueba en el juicio y demostró que el caso respondía a un incumplimiento o desacuerdo de naturaleza civil (un contrato verbal de compraventa con pagarés) y no a un delito penal.

El Tribunal coincidió con la postura planteada por la Defensa Pública, reconoció que no se pudo probar que la relación fuera un simple alquiler, constató la falta del acta de procedimiento de incautación como prueba válida y señaló que persistía una duda insuperable sobre la existencia del delito de apropiación por lo que resolvió absolver de culpa y pena, y levantar de inmediato todas las medidas cautelares en contra del hombre.

Defensora Pública de Asunción, Fátima Paniagua.

Contacto: 0976557568.

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