1- Compromiso de la Máxima Autoridad
La Máxima Autoridad Institucional debe demostrar liderazgo y compromiso con respecto al sistema de control interno al:
- Asumir la responsabilidad sobre la efectividad del sistema de control interno.
- Asegurar que se establezca la política de control interno.
- Asegurar que los requisitos del sistema de control interno se integren dentro de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo.
- Promover el uso del enfoque basado en procesos y en la administración de los riesgos.
- Asegurar que los recursos necesarios para el sistema de control interno estén disponibles.
- Asegurar que el sistema de control interno logre los resultados previstos.
- Asumir el compromiso, dirigiendo y apoyando a todos los niveles de la organización para contribuir a la efectividad del sistema de control interno.
- Promover la mejora continua.
1-1 Política de Control Interno
La Dirección debe establecer, revisar y mantener una política de control interno que:
- Sea adecuada al propósito y al contexto de la organización, y apoye al direccionamiento estratégico.
- Proporcione un marco de referencia para el establecimiento y la revisión de los principios de control institucional.
- Incluya el compromiso de cumplir los requisitos aplicables.
- Oriente a los funcionarios a hacer lo correcto.
- Incluya el compromiso de mejora continua del sistema de control interno.
La Política de Control interno debe;
- Estar formalmente documentada.
- Ser comunicada, entenderse y aplicarse dentro de la institución.
- Estar disponible para los grupos de interés pertinentes
- Ser revisada periódicamente para asegurar su conveniencia y adecuación continua.
La política de control interno debe ser aprobada por la Máxima Autoridad Institucional, a través de un Acto Administrativo. La institución debe asegurar que la política de control interno sea el marco de referencia básico para la configuración de los demás componentes y principios del control interno.
2- Acuerdos y Compromisos Éticos
Nuestra Institución debe regirse por principios, valores y comportamientos éticos a seguir para el cumplimiento de la Constitución, las leyes, sus reglamentos y para el cumplimiento de la finalidad social del estado.
Debemos tener en cuenta algunos criterios para el establecimiento de los Acuerdos y compromisos éticos son:
- La función constitucional y legal de la institución, su misión, visión, valores y principios compartidos por los funcionarios.
- La cultura institucional relacionada a la integridad, la transparencia y la eficiencia de la función, administrativa de la entidad pública.
- La identificación de prácticas éticas de la institución, incluyendo el compromiso con la igualdad y la no discriminación.
- El comportamiento de los funcionarios en su relación con los distintos grupos de interés, tanto internos como externos, y otros factores humanos.
La metodología aplicada para el establecimiento de los Acuerdos y Compromisos éticos debe:
- Prever que el documento orientador de las practicas éticas sea construido de manera participativa y consensuada, con los diferentes niveles de la institución.
- Establecer los parámetros y criterios para el seguimiento y la evaluación de la gestión ética.
- Considera la habilidad de la institución para detectar y generar soluciones a los incumplimientos de los Acuerdos y Compromisos Éticos.
La institución debe asegurar que los Acuerdos y Compromisos Éticos sean revisados periódicamente para asegurar que permanecen pertinentes y apropiados.
Los acuerdos y compromisos éticos pueden tomar la forma de un Código de Etica, que debe ser aprobado por la Máxima Autoridad institucional, a travez de un acto administrativo.
La institución debe asegurar que los acuerdos y compromiso éticos se comuniquen a todos los funcionarios con la intención de que estén conscientes de sus responsabilidades y obligaciones individuales.
La institución debe asegurar que los acuerdos y compromisos éticos sean la condición básica para la configuración de los demás principios del Ambiente de Control.
3- Protocolo de Buen Gobierno
La institución debe establecer un protocolo de Buen Gobierno para definir el modelo de administración y su estilo de dirección considerando:
- La orientación estratégica de la institución, su misión, su visión y su naturaleza.
- Los principios éticos, incluyendo el compromiso con la igualdad y la no discriminación.
- Los valores institucionales.
- Los grupos de interés de la institución.
- La comunicación institucional.
- La mejora continua.
- La identificación de prácticas democráticas de la institución
- Las políticas de gestión del Talento Humano de la institución
La metodología que la institución utilizara para el establecimiento del Protocolo de Buen Gobierno debe:
- Prever que el documento sea construido de manera participativa y consensuada dentro del nivel directivo de la institución.
- Establecer los parámetros y criterios para el seguimiento y la evaluación de la gestión de buen gobierno.
- Considerar la habilidad de la institución para detectar y generar soluciones ante los incumplimientos en su gestión.
El protocolo de buen gobierno debe ser aprobado por la Máxima Autoridad Institucional, a través de un acto administrativo.
La Institución debe revisar el Protocolo de Buen Gobierno periódicamente para asegurar que permanece pertinente y apropiado. La Institución debe asegurar que el Protocolo de Buen Gobierno se comunique a todos los funcionarios con la intención de que estén conscientes de sus responsabilidades y obligaciones individuales.
4- Políticas de Gestión del Talento Humano
La Institución debe establecer su compromiso con el desarrollo de las competencias, habilidades, aptitudes e idoneidad de los funcionarios, a través de la determinación de políticas y prácticas de gestión del talento humano que consideren los procesos de selección, inducción, Re inducción, formación, capacitación, evaluación del desempeño, compensación, bienestar social y desvinculación de los funcionarios, entre otros.
Estas políticas y prácticas deben establecer un marco de referencia que permitan:
- Facilitar el mejoramiento de las capacidades y habilidades de los funcionarios, requeridas para el desarrollo de los propósitos institucionales.
- Promover una compensación justa, equitativa, conforme a la ley y sus reglamentos.
- Integrar a los funcionarios de acuerdo a los objetivos de la institución, para que se encuentren en ella las posibilidades de su propio desarrollo.
- Velar porque las condiciones de trabajo de los funcionarios sean dignas, justas y ofrezcan formación profesional y técnica a quienes lo requieran.
Las políticas de gestión del talento humano deben considerar y asegurar que los procesos involucrados tengan en cuenta los siguientes valores:
- Igualdad, al garantizar que toda la ciudadanía que cumpla con los requisitos de postulación a un cargo, tenga la misma posibilidad de participar en los procesos de selección, promoción y en el desarrollo de sus actividades, sin ser discriminados por motivo alguno.
- Imparcialidad, al otorgar el mismo trato a toda la ciudadanía en los procesos de ingreso, promoción y evaluación del personal.
- Economía, al usar racionalmente los recursos asociados con la administración del talento humano.
- Eficiencia y eficacia, al seleccionar y conservar las personas cuyas capacidades, habilidades y conocimientos se ajusten a las necesidades propias de los cargos requeridos, otorgando prevalencia al logro de los propósitos institucionales y observando que el cumplimiento de sus funciones y responsabilidades sean desarrolladas con celeridad y profesionalismo.
- Integridad, procurando que el ejercicio de las funciones se realice de manera intachable y actuando con rectitud.
- Transparencia, al comunicar abiertamente las condiciones para seleccionar o promover a las personas que ocuparan los cargos públicos.
La institución debe asegurar que las Políticas de Gestión de Talento Humano sean revisadas periódicamente para asegurar que permanecen pertinentes y apropiadas. Las políticas de Gestión de Talento Humano, deben ser aprobadas por la Máxima Autoridad Institucional, a través de un acto administrativo.