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Absolución para un representado por la Defensa Pública

Era la nochebuena del año 2021, entre música, risas, y tragos, Rosalba se encontraba compartiendo con Ricardo -su pareja-, la hermana de éste y un grupo de amigos y familiares en su vivienda. Lo que nadie se imaginaba es que aquel ambiente fiestero era la antesala de una tragedia.

Los tragos desde tempranas horas sembraron la semilla de la discordia en la familia. Bajo los efectos del alcohol, se desató una discusión entre algunos de los presentes, Rosalba, en su afán de apaciguar y que la fiesta siga en paz, intervino en la rencilla.

Sin embargo, a la acalorada discusión se le había sumado una integrante más. Vencida en el intento, Rosalba decidió retirarse, pero mientras caminaba, de espaldas, sintió un fuerte golpe en la cabeza que la dejó desorientada, casi inmóvil y ensangrentada. Sin comprender lo que ocurría, se alejó del lugar, y se recostó por un árbol mientras agonizaba.

Nadie tuvo reparo en ella más que su pequeña hija de 10 años, quien, desesperada corrió a pedir ayuda a una vecina, que se acercó hasta el lugar y socorrió a Rosalba llevándola al hospital. Allí estuvo internada por varios días, ingresó a terapia intensiva y finalmente falleció a causa de un traumatismo de cráneo encefálico grave. El Ministerio Público acusó a Ricardo –su pareja-, quien fue privado de su libertad y remitido a la cárcel.

Durante el juicio oral, la fiscalía acreditó los hechos y pidió que el juez imponga una condena de 30 años de pena privativa de libertad para Ricardo, quien fue representado por la defensora pública Dolly Villasanti. Ella, en sus alegatos, expuso las pruebas que demostraban que Ricardo no estuvo presente en el momento exacto en que la mujer fue lastimada.

En exposición de la existencia de duda sobre la participación de Ricardo en el hecho, la defensora solicitó la absolución de culpa y pena, así como el sobreseimiento definitivo. Luego de un exhaustivo análisis, el Tribunal de Sentencias finalmente lo absolvió, ya que no se pudo probar la autoría y reprochabilidad del hombre.

Defensora Pública del Fuero Penal, Dolly Victorina Villasanti Ferreira.

Contacto: 0974 626961