Ministerio de la Defensa Pública
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Andrés, adolescente, estudiante de 17 años de edad, fue imputado por un hecho punible y condenado a 7 años de pena privativa de libertad. Ante la decisión del Tribunal de Sentencia, su Defensora Pública interpuso un recurso de apelación especial fundamentado en varios vicios presentes en la sentencia dictada por los jueces, entre los cuales demostraban la irreprochabilidad de su asistido, lo que finalmente llevó a obtener la anulación de la condena.
La defensora Simona Castillo, argumentó la apelación basándose en el Art. 403 del Código Procesal Penal, refiriéndose como vicios de la sentencia, a la falta del hecho objeto del juicio y la determinación circunstanciada en el fallo del Tribunal de Sentencia. Mencionó también sobre la valorización de la prueba, debido a que la declaración de un testigo caía en contradicción.
Prosiguió mencionando la inobservancia del Art. 23 del CP y Art. 194 del CNA, destacando que, según el informe psicológico, Andrés denota un coeficiente inferior al mínimo y que presenta una inteligencia por debajo de lo normal, una edad mental de 11 años y 7 meses, lo cual lo hace irreprochable y pese a eso, el Tribunal impuso la sanción.
Teniendo en cuenta que el Tribunal de Sentencia incurrió a un error no realizando la apreciación correcta de la prueba pericial desde la perspectiva de la sana crítica, violando la estructura de la teoría del delito, el Tribunal de Apelaciones hizo lugar a lo planteado por la Defensa Pública y declaró la nulidad de la condena reenviando autos para la reposición de otro juicio por otro Tribunal.
Defensora Pública Multifuero de Concepción, Simona Castillo.
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