Ministerio de la Defensa Pública
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Osvaldo tiene 60 años de edad. Él y su hijo, trabajaban desempeñándose como guardias en una empresa de seguridad privada –el cual era un negocio familiar-. Durante el funcionamiento de la empresa, Osvaldo contrató a Walter y su hijo para trabajar con ellos.
Tanto Walter como su hijo, eran conocidos de la familia y trabajaron durante años con Osvaldo, pero más tarde renunciaron al empleo motivados por un desacuerdo generado en el manejo de la empresa, lo que causó el enojo entre ellos.
Una noche Osvaldo, llamó por teléfono a Susana –esposa de Walter- y le pidió conversar con él, pero ella se negó. Gobernado por el enojo, se inició una discusión. Aquella llamada y los encontronazos verbales habían suscitado a que Walter, su esposa y su hijo iniciaran una querella en contra de Osvaldo por amenaza, difamación, calumnia e injuria solicitando 150 millones de guaraníes en concepto de indemnización.
En juicio oral, Osvaldo fue representado por la defensora pública, Anahí Benítez do Rego Barros, quien alegó que la querella no tenía suficientes fundamentos, que las pruebas presentadas por los querellantes no eran lícitas, ya que no se podía asegurar su autenticidad –un pendrive con audios e imágenes de supuestas conversaciones con Osvaldo-.
Finalmente, la Jueza Penal resolvió absolver de reproche y pena a Osvaldo, puesto que, durante el juicio, las pruebas aportadas no fueron suficientes para demostrar y probar los hechos y tampoco concordaban con los tipos penales mencionados.
Defensora Pública del Fuero Penal de la Capital, Anahí Benítez do Rego Barros.
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