La Defensoría Pública logró la protección judicial de una persona de 82 años, en situación de calle, sin familiares y en extrema vulnerabilidad, mediante una acción de amparo promovida por la Defensora Pública Civil Abg. Luz Orella. El juzgado ordenó al Ministerio de Salud el ingreso de esta persona al Hogar Santo Domingo desde donde cuidarán su salud física como psíquica.
El Juzgado ordenó tomar las medidas necesarias para garantizar sus derechos, por lo que la afectada fue ingresada al Hogar Santo Domingo, donde actualmente recibe atención y cuidados.
Antecedentes de la situación de abandono de esta persona
La presentación del amparo constitucional refiere que J. P. S. D. cuenta con 82 años de edad, carece de familiares que puedan asumir su cuidado y se encontraba en condiciones precarias dentro de un taller mecánico ubicado sobre la Avda. Fernando de la Mora, de esta Capital, situación que motivó la intervención del Ministerio Público, y posteriormente del Ministerio de la Defensa Pública (MDP).
El escrito de la defensora Orella revela que el Informe psiquiátrico elaborado por el Dr. Elías Alvarenga, Médico Psiquiatra del Ministerio de la Defensa Pública (MDP), concluyó que la paciente presenta un trastorno psicótico crónico, compatible con posible esquizofrenia, describiendo la presencia de alteraciones del pensamiento, ideas delirantes, alucinaciones auditivas, deterioro del juicio crítico y ausencia de conciencia de enfermedad. La recomendación de este profesional fue la asistencia institucional permanente y seguimiento especializado.
Por su parte, el Informe Médico Forense elaborado por la Dra. Jéssica Núñez Feris, dan cuenta de lesiones compatibles con insuficiencia venosa crónica, además del requerimiento de una evaluación especializada por el área de Psiquiatría, atendiendo al estado de desorientación evidenciado durante el examen.
Derechos garantizados en la Constitución y leyes
La defensora Orella para argumentar el amparo hizo referencia a lo que dispone el Artículo 4 de la Constitución Nacional que consagra el derecho a la vida como inherente a la persona humana.
De igual manera, mencionó la Ley N°5537/2016 “Que regula los establecimientos de atención de personas adultas mayores”; a la Convención Interamericana sobre la Protección de los Derechos Humanos de las Personas Mayores, aprobada por la República del Paraguay mediante la Ley N° 6153/2018.
También mencionó la Ley Nº 1885 “De las personas adultas” que dispone en su Artículo 1°. “La presente ley tiene por finalidad tutelar los derechos e intereses de las personas de la tercera edad”, y artículos siguientes.
Análisis del Juzgado para hacer lugar el amparo
La jueza Alicia Verónica Pedrozo Berni, del Juzgado Penal de Garantías Nº 2 emitió la Sentencia Definitiva (SD) Nº 52 del 9 de julio de 2026 por la que ordena al Ministerio de Salud Pública tomar todas las medidas administrativas, asistenciales y sanitarias necesarias para ingresar al Hogar Santo Domingo para recibir la atención integral que requiere.
El juzgado argumentó que del análisis integral de las documentales incorporadas se ha acreditado la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentra la señora J. P. S. D., porque carece de red familiar de apoyo, no dispone de recursos económicos suficientes para procurarse una vivienda o asistencia permanente y actualmente permanece residiendo en condiciones incompatibles con una vida digna, circunstancias que evidencian un claro estado de abandono y exclusión social.
Agregó la jueza, que debe considerarse que el Informe Médico Forense y, principalmente, el Informe Psiquiátrico incorporados al expediente describen un cuadro compatible con trastorno psicótico crónico, probable esquizofrenia, acompañado de alteraciones del juicio, ideas delirantes, alucinaciones auditivas y deterioro de las capacidades cognitivas, situación que disminuye considerablemente su autonomía para desenvolverse por sí misma y aumenta el riesgo para su integridad física y psíquica.
MDP comprometido con la tutela de los más vulnerables
La defensora pública en lo Civil Luz Orella fue tajante: “Seguiremos trabajando para que ninguna persona mayor quede desprotegida”, al destacar el compromiso institucional con la defensa de los derechos de las personas mayores.
Defensora Pública del Fuero Civil, Luz Maria Orella de González.
Contacto: 0981 733 659