Defensor logra arresto domiciliario de una mujer y su hijo de 3 años, tras 7 años de encierro en penitenciaría, sin condena

El defensor público Multifueros de Filadelfia, Abg. Roberto Santacruz, obtuvo la revocatoria de la prisión preventiva que pesaba sobre una mujer, quien estaba hace 7 años recluida, sin condena, por un caso de homicidio. La mujer inclusive tuvo a su hijo que ahora tiene 3 años de edad, quien vivió toda su vida en la Penitenciaría de Coronel Oviedo.  

El defensor público expuso en la audiencia de revisión de medidas que de acuerdo a la doctrina y disposiciones legales, la medida cautelar de prisión preventiva en este caso, ya excedió la proporcionalidad de la pena mínima, tiempo en el cual debía permanecer la procesada con prisión preventiva. La causa que afecta a su defendida es el hecho punible de homicidio doloso, que prevé pena mínima de 5 años de reclusión.

También el Código Procesal Penal prevé que la privación de libertad, como medida cautelar, en ningún caso puede sobrepasar los 2 años de encierro, según alegó Santacruz.

De igual manera, el defensor público reseñó que la acusada Y. R. Q., de 25 años de edad, es una persona vulnerable, ya que además de los 7 años de reclusión, en este tiempo tuvo a su hijo en la penitenciaría.  

Explicó que la revocatoria de prisión debía proceder concediendo una medida menos gravosa porque en esos 7 años de prisión, nació su hijo el 24 de abril de 2022, quien hasta el momento de su reclusión, vivía junto a su madre, en el penal.

Ante esta circunstancia el defensor asimismo invocó el interés superior del niño, quien debía conocer otro ambiente fuera del penal, para fortalecer su desarrollo físico y mental.

El defensor asimismo destacó en la audiencia de revisión de medidas ante el tribunal de sentencia, que su asistida realizó cursos de confitería, posee certificado de buena conducta, informe de haber trabajado en el área de cocina, cursos de maquillajes realizado por el Sistema Nacional de Formación y Capacitación Laboral  (SINAFOCAL).

Tribunal hizo lugar al pedido del defensor

Los jueces Fernando Ortíz Medina, Carlos Alberto Lezcano y Fany Cáceres Ramos, miembros del Tribunal de Sentencia de Filadelfia, Chaco, al analizar los argumentos del defensor público Santacruz, concedieron el arresto domiciliario a su asistida, por Auto Interlocutorio (A.I.) N° 32 del 23 de julio de 2025.

Los magistrados indicaron en su resolución que constataron que la mujer desde el 30 de mayo de 2019 se encuentra con prisión preventiva, según disposición del A.I. N° 228.

Fue así que el tribunal de sentencia al corroborar que la acusada permaneció en la penitenciaría por más tiempo que al equivalente a la pena mínima prevista para el hecho punible de homicidio doloso (5 años), sostuvo que correspondía otorgar una medida menos gravosa.

En consecuencia, el tribunal colegiado impuso a la acusada la medida sustitutiva a la prisión preventiva prevista en el artículo 245 inciso 1) del Código Procesal Penal, consistente en el arresto domiciliario.

Las reglas de conductas impuestas

El tribunal ordenó que el arresto domiciliario que decretó para la acusada, la debe cumplir en un domicilio declarado en la ciudad de Loma Plata, Boquerón, perteneciente a su hermana. También impuso su comparecencia obligatoria para la realización del juicio oral y público, fianza personal de una pariente hasta cubrir la suma de G. 100.000.000, monto que será ejecutado en caso de fuga o inasistencia injustificada de la acusada.

El colegiado también ordenó a la procesada que debe presentar constancia de trabajo, tiene prohibido consumir bebidas alcohólicas y sustancias estupefacientes. Tiene restricción de salir del país, a no ser que tenga autorización del tribunal de sentencia.

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