Defensor logra medida alternativa a la prisión para adolescente

El defensor público de Paraguarí Hugo Servín, quien interviene en los casos penales ordinarios, penal de ejecución y penal adolescente, logró el arresto domiciliario para un menor de 16 años de edad, quien fue procesado por tentativa de homicidio doloso, al salir en defensa de su tía que era agredida por un hombre, pareja de la mujer.

Relato de los hechos

Fue imputado por el Ministerio Público por homicidio doloso en grado de tentativa, porque supuestamente había atacado a una persona, provocando una herida con arma blanca, el 25 de julio de 2024, en Paraguarí. La Fiscalía solicitó como medida cautelar la prisión preventiva.

En la audiencia de imposición de medidas cautelares, el defensor público Hugo Servín requirió para su asistido medida alternativa a la prisión preventiva. Explicó que su defendido es huérfano de madre, y que su padre vive en el extranjero, por lo que el menor vive en la casa y al cuidado de su tía.

El defensor asimismo argumentó la jueza penal del Adolescente que el menor actuó en defensa de su tía, quien estaba siendo agredida por la pareja de la misma. Este extremo se pudo corroborar con el informe de la trabajadora social quien recabó informes colaterales, confirmando que actuó en defensa de su tía, que es un estudiante, que no posee antecedentes penales, que tiene suficiente arraigo y posee contención familiar.  

Sin embargo, el Juzgado Penal Adolescente a cargo de la jueza Ramona Melgarejo, resolvió aplicar la prisión preventiva del menor y que el mismo sea trasladado al Centro Educativo de Itauguá.

Ante la disposición del juzgado, el defensor público recurrió la medida cautelar ante el Tribunal de Apelaciones. Nuevamente argumentó que el menor tenía arraigo suficiente, que es objeto de contención familiar, y que además no tiene antecedentes penales.

Al analizar las argumentaciones del defensor público, el Tribunal de Alzada hizo lugar al pedido del mismo y consideró que con la medida cautelar dictada por el juzgado penal no se lograba la finalidad prevista en el Código de la Niñez y Adolescencia, por lo que ordenó que el menor enfrente el proceso penal con la medida de arresto domiciliario y que cumpla las reglas de conducta que le serían impuestas para garantizar su sometimiento a la justicia.  

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