Intervención de defensora posibilitó que niño apátrida obtenga la nacionalidad paraguaya

Un caso particular se originó con un niño, hijo de padres paraguayos que nació en Japón, por no poder acceder a la ciudadanía del país asiático ni del nuestro. Esta situación generó muchos problemas a los progenitores en aquel país porque el menor quedó en una situación legal conocida como apátrida (sin patria o nacionalidad). Sin embargo, gracias a la intervención de la defensora pública Abg. Liza Mabel Florentín Torres, el niño que tiene 2 años de edad, pudo ser registrado como ciudadano paraguayo.

 Los antecedes de este caso

La defensora pública de la Unidad de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno de Pilar, Florentín Torres, relató que en el mes de abril del año 2025 se presentó ante su oficina una pareja de ciudadanos paraguayos, con un hijo nacido en julio de 2023 en la ciudad de Toyohashi, Japón.

Como en el país de nacimiento del niño rige el sistema de Ius Sanguinis (derecho de sangre), es decir, en el sistema jurídico japonés la nacionalidad se adquiere según sea la nacionalidad de origen de los padres, y no en el lugar del nacimiento del niño. Fue así que el menor no podía ser inscripto como de nacionalidad japonesa ni paraguaya, quedando en la posición legal conocida como apátrida (sin patria o nacionalidad).

Esta situación les había ocasionado, tanto al niño como a sus padres, numerosas dificultades en el país asiático donde se encontraban al momento del nacimiento de su hijo, por lo que se habían visto obligados a solicitar a la Embajada paraguaya en Japón, la expedición de un pasaporte provisorio que posibilite al menor el retorno al Paraguay, país natal de sus padres. Una vez que consiguieron esta documentación pudieron volver a nuestra patria.

Una vez en nuestro país, los padres se presentaron ante las oficinas del Registro del Estado Civil de las Personas, solicitaron la inscripción del niño para la cual presentaron el correspondiente certificado de nacido vivo expedido por un hospital japonés. Sin embargo, la oficina registral informó que se requería de una orden judicial para proceder a la solicitada inscripción.

Intervención de la defensora

Al momento en que se presentaron los padres ante la Defensoría Pública, lo hicieron acompañando todas las documentaciones que acreditaban el nacimiento del niño en Japón y la condición de padres del mismo. También relataron a la defensora todas las dificultades que les ocasionó la falta de inscripción con la nacionalidad de su hijo, como es de suponer, quedando de esta manera en un estado de vulnerabilidad.

La Defensora de la Niñez y Adolescencia inició el correspondiente juicio de opción de nacionalidad, resultando sorteado el Juzgado de la Niñez y Adolescencia del Primer Turno a cargo del juez Charles Duré Verza. En el juicio mencionado tomó intervención también la agente fiscal de la Niñez y Adolescencia Cyndi Magalí Prietto. 

Defensora Pública de la Niñez y Adolescencia Liza Mabel Florentín Torres 

Contacto:  0975 775 648 

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