Justicia confirmó el derecho fundamental de una familia en situación de vulnerabilidad y ordenó la reposición de la energía eléctrica

La defensora pública de Capiatá Abg. Andrea Elizabeth Castillo Alvarenga obtuvo un amparo favorable para que la Administración Nacional de Electricidad-ANDE- reponga la energía eléctrica que había sido cortada a una humilde vivienda en la que viven una mujer a la que llamamos Leidy, quien se encuentra en situación de vulnerabilidad y al cuidado de dos personas con discapacidad mental: su madre y una hermana menor.

La interrupción del servicio de energía eléctrica por medio del retiro del medidor por parte de la Administración Nacional de Electricidad (ANDE) colocó a esta familia en una situación crítica, afectando directamente su dignidad, su salud y su calidad de vida. La energía eléctrica, más que un servicio, es un derecho esencial para garantizar condiciones mínimas de existencia, especialmente cuando se trata de personas en situación de discapacidad.

En la humilde vivienda ubicada en la ciudad de Capiatá, Leidy es quien ejerce la función de curadora de su madre y una hermana menor, a quienes tiene a su cargo el cuidado permanente de estos familiares quienes fueron declaradas insanas, por resolución judicial.

Intervención inmediata del Ministerio de la Defensa Pública (MDP)

Frente a esta realidad, la Defensora Pública de Capiatá, Abg. Castillo Alvarenga, intervino de manera inmediata y firme, promoviendo una Acción de Amparo Constitucional en defensa de los derechos fundamentales de la misma señora Leidy y de las personas incapacitadas a su cargo.

Una respuesta rápida para una urgencia humana

El 17 de octubre de 2025, la Defensora Pública promovió el amparo, exponiendo con claridad que, si bien existió una deuda impaga desde julio de ese año, esta fue cancelada en su totalidad en septiembre. A pesar de ello, funcionarios de la ANDE se negaron arbitrariamente a restituir el servicio y reponer el medidor, lo que obligó a recurrir al auxilio de la justicia.

La acción de amparo se sustentó en sólidos argumentos legales, invocando los artículos 6 y 7 de la Constitución Nacional, que garantizan la calidad de vida y el derecho a habitar en un ambiente saludable, así como la Ley Nº 966/1964 “Carta Orgánica de la ANDE”, que establece la obligatoriedad, continuidad y seguridad del servicio eléctrico.

Como medida cautelar de urgencia, la Defensora Pública solicitó la reconexión inmediata del servicio, logrando que en menos de seis horas se ordene judicialmente la reposición del medidor y la consecuente energía eléctrica, devolviendo condiciones básicas de dignidad a la familia afectada.

La justicia como garantía de dignidad

Si bien la ANDE solicitó el rechazo del amparo, alegando la legalidad de sus actuaciones, el Juzgado Civil, Comercial y Laboral del 5º Turno de Luque, a cargo del juez Alexis María Vallejos Mendoza, resolvió hacer lugar a la acción promovida.

En su sentencia, el magistrado destacó que se trataba de una cuestión de derechos humanos en la que se encontraba comprometida la dignidad humana, la protección de personas en estado de discapacidad y vulnerabilidad, plenamente amparadas por la Constitución Nacional. La urgencia del caso que se alegó en el amparo, quedó demostrada, justificando la procedencia de la garantía constitucional.

Mediante la Sentencia Definitiva (SD) Nº 464, de fecha 24 de octubre de 2025, el juzgado resolvió: “Hacer lugar al amparo constitucional promovido por la Defensora Pública Abg. Andrea Elizabet Castillo Alvarenga”, y a su vez confirmó la medida cautelar que ordenó la reconexión del servicio y la reposición del medidor.

 

Defensora Pública de Capiatá, Andrea Elizabeth Castillo Alvarenga 

Contacto: 0993 363 552

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