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Mujer de 60 años es sobreseída y junto a su familia fue restituida a su vivienda

Claudelina tiene 60 años, es ama de casa y vive con César –su pareja-, hace aproximadamente 32 años en una vivienda en el interior del país. Luisa y Carla –hijas de la pareja- viven también en la propiedad que se encuentra a nombre de Francisco.

La familia enfrentó dos juicios iniciados por Francisco en el año 2012, a través de los cuales, él logró la orden de desalojo, pero en el 2013, un Tribunal de Apelaciones ordenó la restitución de la familia a la propiedad.

En el año 2023, Claudelina enfrentó nuevamente otro juicio, esta vez, el Ministerio Público la acusaba por desacato a la orden judicial de desalojo Ley 4711/12, de la cual resultaba supuesta víctima el juzgado Civil, Laboral y de la Niñez y la Adolescencia, sin tener en consideración que existía una resolución dictada por el Tribunal en el año 2013, la cual confirmaba la restitución del inmueble a favor Claudelina y su familia, así como su sobreseimiento en otra causa anterior.

El defensor público, Amado Alvarenga, representó a la mujer al inicio del caso, posterior a ello fue designado un abogado particular para representarla, pero en la etapa intermedia –audiencia preliminar- ella fue nuevamente representada por el defensor público, ya que no contaba con suficientes recursos económicos.

La defensa solicitó el sobreseimiento definitivo de su asistida, luego de verificar la inexistencia del supuesto hecho punible investigado, y por lo tanto su no participación en el mismo, ya que el inmueble le fue restituido judicialmente y además existe una norma legal que garantiza que ninguna persona puede ser juzgada nuevamente por el mismo hecho.

Finalmente, tras examen minucioso de la causa y la comprobación de que no existían elementos para sostener la existencia del hecho punible, el juzgado Penal, -sin oposición del Ministerio Público ante lo solicitado por el defensor-, hizo lugar al sobreseimiento definitivo a favor de Claudelina, lo que correspondía al levantamiento de las medidas cautelares impuestas y el cierre irrevocable del procedimiento.

Defensor Público de Horqueta, Amado José Alvarenga.

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