Ministerio de la Defensa Pública
Oliva entre 14 de Mayo y Alberdi – Edif. Safira
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El acceso a la salud es un derecho fundamental y es lo que refleja la historia de María, una paciente con una enfermedad crónica y su lucha por obtener un tratamiento adecuado. A pesar de contar con un diagnóstico claro y la necesidad de medicación, las limitaciones del sistema público de salud hicieron que su vida estuviera en riesgo.
María fue diagnosticada con una enfermedad que requería un medicamento específico, costoso y no disponible en la farmacia del Instituto de Previsión Social.
La defensora pública de Hernandarias, Paola Giménez, asumió el caso y representó a María. Inició los trámites necesarios para elevar un amparo constitucional contra el Ministerio de Salud Pública, a fin de que pueda acceder al tratamiento correspondiente dentro del Sistema Nacional de Salud a costa de la parte demandada.
La defensora pública argumentó que la Constitución Nacional enuncia que el Estado Paraguayo protegerá y promoverá la salud como derecho fundamental de la persona y nadie será privado de asistencia pública para prevenir o tratar enfermedades, pestes o plagas y de socorro. Asimismo, el Estado paraguayo está obligado a través de sus ministerios competentes a evitar la violación de los derechos y garantías, como la vida y la salud en caso de peligro inminente, de lesión irreparable.
Ante los argumentos de la Defensora Pública, el Juzgado de Primera Instancia de la Niñez y Adolescencia de Ciudad del Este Sandra resolvió hacer lugar al Amparo Constitucional y ordenó que el Ministerio de Salud Pública arbitre todos los mecanismos administrativos para la provisión de los medicamentos requeridos, por el tiempo que sea necesario acorde a la necesidad.
Defensora Pública Paola Josefina Giménez Pereira
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