La Defensora Pública de Asunción, Abg. Fátima Paniagua, ejerció la defensa técnica de un joven reciclador de 18 años, luego de que fuera procesado en una causa sobre homicidio doloso junto con otros dos hombres. En juicio oral, la defensa solicitó la nulidad absoluta y el sobreseimiento de su asistido, presentando dos incidentes fundamentales alegando graves violaciones procesales.
En el año 2023, se produjo un trágico suceso frente a la Capilla Virgen de Fátima del Barrio Jukyty, donde un joven de 17 años perdió la vida, luego de recibir impactos de bala. A raíz de informes policiales y averiguaciones preliminares, tres jóvenes terminaron siendo procesados. -Los nombres a continuación son ficticios- Rodolfo de 29 años, Fabián de 30 años y Derlis de 18 años, este último asistido por la defensa pública.
En juicio oral se constituyó el Tribunal, la agente fiscal, el abogado de los otros dos hombres y la defensora pública, Abg. Fátima Paniagua, en representación de Derlis. La misma, al tener uso de la palabra, presentó dos incidentes fundamentales sobre graves violaciones procesales que ponían en indefensión a su representado.
La defensa demostró que en el acta de declaración indagatoria tomada a su asistido, no se les comunicó los hechos ni en qué consistía su supuesta participación, incumpliendo los requisitos obligatorios señalados en el Código Procesal Penal y el Código Penal, además, señaló que la imputación fiscal solo mencionaba que el joven fue demorado en la vía pública por una «actitud sospechosa» y que el escrito acusatorio no describía de manera precisa qué hizo, cómo lo hizo, cuándo o de qué forma participó.
Por todo lo expuesto, la defensora pública solicitó la nulidad absoluta de las actuaciones y el sobreseimiento definitivo de su defendido. La defensa privada de los otros dos procesados planteó la nulidad de la acusación en similar sentido e hizo adhesión recíproca a los incidentes planteados por la defensora, mientras que la Agente Fiscal admitió que, en honor al principio de objetividad, no se cumplió con las garantías procesales en la indagatoria ni se detalló la conducta individualizada de cada uno de los acusados en los requerimientos acaecidos.
Luego de analizar las actuaciones, el Tribunal de Sentencia resolvió hacer lugar al incidente de nulidad de las acusaciones y declarar la nulidad absoluta, extinguir la acción penal y decretar el sobreseimiento definitivo de los tres procesados, disponiendo la inmediata libertad de los mismos.
Defensora Pública de Asunción, Fátima Paniagua.
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